Debate y reforma del método de estudios en la Real Universidad de San Carlos de Guatemala en el siglo XVIII
Adriana Álvarez-Sánchez*
Resumen
Este artículo reconstruye el proceso de reforma del método de estudios de la Real Universidad de San Carlos de Guatemala en el siglo XVIII. Por medio de los documentos producidos por la propia institución, de informes de las autoridades civiles y eclesiásticas, y de las órdenes reales, se analiza el debate en torno a la crítica hecha al estudio general por parte de un fraile dominico.
Esta reforma se limitó a reconocer oficialmente las modificaciones que los catedráticos llevaban años practicando, mismas que se dieron dentro de la doctrina común de las universidades hispánicas. Más allá de una Ilustración americana, los cambios obedecieron, en parte, a las pugnas políticas y académicas de la capitanía general y de sus letrados.
Palabras clave: historia de las universidades, reforma al método de estudios, política, Guatemala.
Debate e reforma do método de estudos na Real Universidad de San Carlos de Guatemala no século XVIII
Resumo
Este artigo relata o processo de reforma do método de estudos da Real Universidad de San Carlos de Guatemala no século XVIII. Através dos documentos produzidos pela própria instituição, os relatórios das autoridades civis e eclesiásticas, e das ordens reais, analisa-se o debate em torno da crítica feita ao estudo geral por parte de um frade dominicano.
Esta reforma se limitou a reconhecer oficialmente as modificações que os catedráticos tinham praticado por anos, mesmas que se deram dentro da doutrina comum das universidades hispânicas. Além de uma Ilustração americana, as mudanças obedeceram, em boa medida, aos conflitos políticos e acadêmicos da capitania geral e de seus letrados.
Palavras chave: história das universidades, reforma ao método de estudos, política, Guatemala.
Debate and Reform of Study Methods at the Royal University of San Carlos of Guatemala in the 18th Century
Abstract
This article rebuilds the process of reforming study methods at the Royal University of San Carlos of Guatemala in the 18th century. By means of documents produced by the institution itself, reports by civilian and church authorities, and royal orders, we analyze the debate generated by the critique of the general study made by a Dominican monk.
This reform was limited to officially recognizing the modifications practiced by professors for years, which occurred within the common doctrine of Hispanic universities. Rather than obeying a Latin American Illustration, the changes responded to political and academic struggles among Cuba’s educated classes.
Key words: history of universities, reform of study methods, politics, Guatemala.
Recepción: 10/1/11. Aprobación: 22/8/11.
La Ilustración y las universidades
El siglo XVIII se identifica con la “Ilustración”, con un nuevo pensamiento, con ideales que cimbraron las estructuras políticas. El mundo hispánico se vio influenciado por el ambiente ilustrado, particularmente francés, debido al vínculo directo entre Francia y la casa reinante de España. La Corona adoptó algunos lineamientos de esa corriente intelectual ilustrada y los aplicó a la reorganización del ámbito económico. Más adelante, el monarca decidió llevar a cabo otras reformas, no menos importantes, como la de las universidades o estudios generales. El éxito o fracaso de esas reformas dependió de la fuerza política, más que del interés académico de cada una de las universidades.
La nueva ciencia experimental y la razón, resultado del pensamiento del siglo anterior, estaban convirtiéndose en los paradigmas no sólo en los espacios académicos e intelectuales, sino también en los más populares. El hecho de que la mayoría de la población no tuviera acceso a las obras de Descartes o Newton, no la relegaba del proceso de cambio que ocurría en Europa. La industrialización y la difusión de impresos hicieron que las sociedades conocieran, de forma directa o indirecta, los cuestionamientos sobre el papel de Dios frente a la razón, así como los descubrimientos científicos y tecnológicos.
Las ideas ilustradas llegaron prácticamente a todo el mundo que, desde el siglo XVI, estaba vinculado a través de la llamada “primera globalización”. En el mundo hispánico hacía ya tiempo que se difundían obras y autores que impulsaban la razón, la ciencia experimental y el estudio de los autores antiguos a partir de los textos en las lenguas originales. Estas actividades se practicaban dentro y fuera de las instituciones educativas. El interés por las lenguas antiguas tuvo tal impacto que las universidades ofrecían cátedras de gramática y retórica. Sin embargo, antes de 1750, no se dieron cambios radicales en la organización de los estudios universitarios que se articulaban en facultades de las disciplinas ya tradicionales: artes –filosofía–, teología, derecho canónico, derecho civil y medicina.
En 1769 el rey español, partidario del despotismo ilustrado, decidió reformar las universidades con la intención de renovarlas para dar continuidad al papel de éstas como formadoras de la burocracia y así afirmar su poder. Algunos de los planteamientos ilustrados se ajustaban a sus objetivos, por lo que ordenó un plan único de reforma, al que le antecedían medidas como la de expulsar a la Compañía de Jesús de los territorios que le pertenecían.
Sin embargo, las universidades españolas opusieron resistencia ante el reformismo carolino. El rechazo no sólo respondió al supuesto conservadurismo de estas instituciones, sino a la percepción de que se trataba de una intervención del Estado que afectaba la autonomía de los estudios generales. El gremio de doctores tuvo que ceder, pero logró mantener algunos elementos académicos y organizativos en sus universidades. El caso de la Universidad de Salamanca muestra cómo el gremio cerró filas ante la imposición del rey.
El reformismo del que eran objeto las instituciones españolas llegaría a América, pero no como un plan estatal que lo impusiera, más bien se trató de una combinación entre algunas órdenes reales dispersas e iniciativas de universitarios que plantearon introducir cambios en los estudios generales americanos. Algunos de sus miembros no sólo conocían las ideas ilustradas que circulaban sino que eran partidarios de las mismas. En esta ocasión, nos centraremos en el proceso que vivió la Real Universidad de San Carlos de Guatemala en el siglo XVIII, respecto de las reformas ilustradas.
Antes de entrar en materia es necesario ofrecer al lector un esbozo rápido sobre las características de las universidades de América, en particular de las novohispanas, ya que su origen determinará, de cierta manera, el proceso de reforma en cada una de ellas.
En la América hispánica se habían fundado universidades reales, es decir, instituciones bajo el patronato del rey. Las primeras se crearon en las capitales de los virreinatos de la Nueva España (en México) y Perú (en Lima), tomando como modelo de organización el salmantino, es decir, el modelo claustral. Posteriormente, en 1676, se funda la siguiente universidad novohispana, la de San Carlos de Guatemala, en la capital de la capitanía general de Guatemala. Este nuevo estudio general también tomaría la organización claustral, sin embargo, la Corona tomó medidas para controlarlo. La experiencia con la Real Universidad de México, que había logrado consolidar políticamente su gremio, fue el escenario de largas disputas cuyo alcance traspasaba las fronteras de la institución, involucrando a virreyes, oidores y a la jerarquía eclesiástica. La Real Universidad de San Carlos de Guatemala surgió con una autonomía aún más limitada que la del estudio mexicano. La intervención de las autoridades reales desde el inicio de su organización, así como la prohibición de incorporar a los miembros de la audiencia en la misma, marcó la relación de la Universidad con las autoridades locales y con la propia Corona.1
Con estas premisas reconstruiremos las críticas al método de estudios, las discusiones, los planteamientos y, finalmente, la reforma que se llevó a cabo en la Universidad. No obstante, el proceso guatemalteco se pondrá en relación con lo sucedido en España y en la Universidad de México, con el fin de ofrecer una explicación más amplia, que permita conocer y dimensionar las reformas del estudio general guatemalteco en el camino hacia la nueva ciencia. Para ello, se utilizarán los documentos que se encuentran en el Archivo General de Centro América (AGCA) de la ciudad de Guatemala, donde se resguarda el acervo universitario, además de los papeles hallados en el Archivo General de Indias (AGI), en el fondo “Audiencia de Guatemala”, que en sus casi mil volúmenes también conserva documentos relativos a la universidad guatemalteca.
San Carlos, ¿una universidad ilustrada?
Tras un complejo proceso de fundación y organización, la universidad logró normalizar las actividades de su gobierno interno y de su vida escolar (Álvarez, 2007: 109-207). Se trataba de un gremio cuyos miembros pertenecían a otras corporaciones, en particular al clero secular, y anteponían esta filiación a la universitaria. Los doctores se ocupaban de graduar, de colocarse en los claustros que eran los órganos de gobierno –los tres principales eran los de consiliarios y de diputados de hacienda–, en las cátedras y en la rectoría, pero al ser una fuerza política hegemónica, partidaria de la Corona, no hubo rechazo ante las órdenes reales. De ahí que los cambios propuestos e introducidos en la universidad no representaron grandes conflictos, lo cual no quiere decir que no hubiera rencillas entre los seculares y los religiosos que aún permanecían en la universidad. Quizá San Carlos no fue una institución plenamente ilustrada, pero su falta de cohesión como gremio universitario, permitió que las iniciativas de los profesores modernos, aprobadas por el rey, se establecieran sin mayores problemas.
El número de cátedras con las que se había fundado el estudio general –nueve– sólo se había modificado para introducir cátedras leídas por las órdenes franciscana y dominica, hasta que se presentaron críticas al método de estudios por parte de uno de los doctores en el último tercio del siglo XVIII. No obstante, el claustro pleno, el más importante de los órganos de gobierno, había discutido la utilidad de algunas cátedras existentes, como las de lengua mexicana y cachiquel. La Universidad siempre estuvo sujeta a un caudal limitado para crear nuevas cátedras, de manera que su claustro, ya desde el siglo XVII, aceptó la lectura gratuita de las órdenes religiosas franciscana y dominica para aumentarlas. También se aprobó la lectura de alguna cátedra fuera de las “oficiales”, que los universitarios ofrecían sin salario. A finales del siglo, se planteó la creación de nuevas cátedras buscando completar los estudios de las facultades o de introducir nuevos temas y técnicas de las ciencias experimentales. En Guatemala, esta situación no se repetiría sino hasta 1813, año en que por orden real se creó la cátedra de Economía Política para enseñar la Constitución de Cádiz (Álvarez, 2010: 503).
La existencia de la ilustración al interior de la Universidad ha sido tema de obras completas como la de Lanning, quien coincide con Meléndez Cháverri (1970) en que este movimiento intelectual también se dio en América y que en Guatemala, particularmente, es posible observar “otro caso ilustrativo del hecho de que la Ilustración surgió en estas universidades relativamente aisladas de Hispanoamérica, más temprano que en los más impotentes y menos aislados centros de América como Lima y México” (Lanning, 1978: 91).
Otros historiadores han analizado la historia de las ciencias universitarias con el afán de hallar cambios a partir de la mención de obras y autores. Sin embargo, conocer las modificaciones en el conocimiento enseñado en los estudios generales es mucho más complejo. Se requiere de un conocimiento de las disciplinas escolásticas y de las modernas, además de la lectura cuidadosa de los textos que se escribieron como cursos para las cátedras. Al respecto, Celina Lértora (2008) señala que a partir de la expulsión de los jesuitas en 1767, se da un periodo de cambios, denominado por la historiografía como “Ilustración americana”, en el que también se observan continuidades en los contenidos de las ciencias universitarias. La misma autora afirma que “es en realidad un tiempo histórico muy variopinto, en el que resulta difícil fijar pautas o notas generales y perfiles claros. Más bien podría caracterizarse […] como un afianzamiento y ahondamiento del eclecticismo filosófico incipiente del periodo anterior” (Lértora, 2008: 259), que no duda en llamar ‘pre-ilustrado’. Lértora considera que puede hablarse de tres etapas en el desarrollo de la filosofía: escolástica, eclecticismo y filosofía crítica. Añade que la secuencia de esas etapas no se dio igual en todas “las regiones, ni en todos los centros académicos” (Lértora, 2008: 265).
El método de enseñanza y el claustro de la Universidad
La historiografía ha atribuido la reforma del método de estudios al fraile franciscano José Antonio de Liendo y Goicoechea.2 Sin embargo, el proceso que llevó a modificar la manera en que se enseñaban las distintas disciplinas en la universidad guatemalteca se dio con anterioridad.
La institución presentaba problemas en el ámbito escolar desde tempranas fechas, por ausencia de los catedráticos, cuyas ocupaciones implicaban su salida de la ciudad o del reino, o por falta de estudiantes que asistieran a las clases (Álvarez, 2007: 194-201).
La primera mitad del siglo XVIII fue un periodo más estable para la vida universitaria, aunque existen lagunas en la documentación, podríamos hablar de la plena institucionalización de la Universidad. Los profesores eran elegidos a través del concurso de oposición, aunque en ocasiones hubo nombramientos hechos directamente por el vicepatrono, es decir, por el capitán general. Sobre los estudiantes es aún muy poco lo que sabemos, aunque conocemos los datos de quienes llegaron a obtener un grado.3
Para 1769, se había normalizado la elección del rector y de los universitarios que conformaban los claustros, no así la asistencia de sus miembros a todas y cada una de las reuniones. Sin embargo, en dicho año los frailes Matías Tejeda y Juan de Terraza, lectores de las cátedras de Escoto y de Santo Tomás, respectivamente, presentaron un documento al claustro en el que solicitaban la observancia de la Constitución 218, por la que se ordenaba examinar a los estudiantes de artes antes de pasar a la facultad mayor de teología (Sarasa y Arce, 1686: XVII). Para ello, los catedráticos pedían que una vez que se hiciese el acto de obediencia anual al rector elegido y se nombraran examinadores para verificar la “suficiencia” de los estudiantes, se le pidiera informe al catedrático de vísperas de teología, doctor Juan de Dios Juarros, sobre el método que utilizaba en su lectura, pues aseguraban que éste enseñaba en lengua castellana,4 lo cual iba en contra de la Constitución 114 de los estatutos, que señalaba que todos los catedráticos, con excepción de los de anatomía y astrología,5 debían leer durante una hora entera en latín sus materias (AGCA, A1, leg. 1 092, exp. 12 529).
El claustro mayor o pleno no respondió a la petición sino hasta el 14 de noviembre de 1770, apenas unos días después de que el propio catedrático Juarros fuera elegido rector de la universidad. El pleno determinó, por votación, que el ahora rector informara sobre el método de enseñanza de su cátedra y las razones del mismo (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 76v-77v).
Los estatutos señalaban, en su Constitución 117, que el catedrático de vísperas de teología debía leer los cuatro libros de las Sentencias, utilizando la obra de Pedro Lombardo, Maestro de las Sentencias; para después declarar sus conclusiones y “en qué se tienen por ciertas o inciertas”.
El catedrático respondió, en informe del 28 de noviembre de 1770, que su método no se alejaba de la tradición de las universidades, e insistió en la utilidad de los conocimientos que enseñaba a sus estudiantes:
el método que he seguido por más de tres años que he leydo esta cátedra fue [...] enseñando un[a] moral práctica, como más importante, por un autor bien recibido y que sin detenerse en questiones prolixas y dificultades puramente especulativas, enseña con alguna brevedad los principios generales […] que debe saber un eclesiástico, para exercitar con acierto, ayudado de la providencia, los ministerios de su estado (AGCA, A1, leg. 1 902, exp. 12 529).
Más adelante, el catedrático señaló que utilizaba la Summa que se publicó en el Colegio de Santo Tomás de Pamplona; y que un día a la semana explicaba, en el orden de sus capítulos, el Concilio de Trento, “explicándose después no sólo lo que en él se trata del Moral, sino también lo que reforma en la disciplina eclesiástica” (ibid.). Además, en el primer año, un día a la semana, se resolvía un caso moral que “procuraba fuese uno de los que con más erudición trató el célebre clericato Pedro” (ibid.), pero esto último fue omitido de su método por las razones que el catedrático declaró más adelante. La respuesta del doctor Juarros muestra un cambio semejante al que hubo en España, en particular, respecto de las fuentes a las que se les dio mayor importancia: San Agustín y los concilios.
Domingo de Juarros argumentó que eligió enseñar moral práctica por considerar que era la más útil a los ministros y por llevar menos tiempo en su explicación. La otra parte de la moral, la especulativa, le parecía estar “llena de questiones puramente metaphysicas y muchas tan poco conducentes a la práctica” (AGCA, A1, leg. 1 902, exp. 12 529).
Entre sus argumentos, el doctor Juarros afirmó que en la Constitución 117 no se ordenaba nada en cuanto a la enseñanza de la moral, llegando a afirmar que su método era el más útil para los cursantes porque “se les facilitaba en gran manera su instrucción y se les enseñaba de modo que quantos vinieran podrían aprender” (ibid.), también era útil para el público en general porque se instruía en moral y para la Universidad porque aumentaba el número de cursantes, según él, inició con ocho o diez y llegó a tener hasta 30 asistentes. También afirmó que prefería no dictar, parte esencial en la enseñanza escolástica, sino aprovechar el tiempo para explicar los contenidos que de otra manera le llevaría dos años enseñar. Un cambio que evidencia que se trataba de un catedrático moderno. A través del informe del doctor, podemos conocer también la actitud de los estudiantes frente a su método, a quienes con tan sólo plantearles un dictado, faltaron a la lectura. En este mismo sentido, Juarros señaló que había abandonado la práctica de resolución de un caso moral porque advirtió que ése era el día en que menos estudiantes asistían. El catedrático señaló que su método era “suave para los estudiantes”, pero que representaba más trabajo para él mismo, pues debía explicar y responder las dudas y preguntas de los cursantes, lo cual le llevaba mucho tiempo (AGCA, A1, leg. 1 902, exp. 12 529).
Por otro lado, justificó el uso de la Summa del Colegio de Santo Tomás de Pamplona por contener las reformas de “muchas opiniones” y porque se contaba con ejemplares suficientes para quienes pudieran comprarla. En cuanto al uso del castellano en la cátedra, el doctor Juarros argumentó que en la Constitución 117 no se prohibía explicar en romance, además de que en la 114 se permitía “si ya no es que la dificultad sea tan grande” (ibid.).
Finalmente, el catedrático Domingo de Juarros denunció el desconocimiento del latín por parte de los estudiantes y afirmó que era un problema que se daba desde la facultad menor de artes, misma en la que enseñaban los frailes que solicitaron el informe. Además, aceptó que a sus clases asistían estudiantes que aún no habían cursado artes, requisito indispensable para cursar teología según los estatutos, ¿acaso estos estudiantes sí sabían latín?
El claustro pleno, en la sesión del mismo día en que Juarros envió el informe, lo leyó y aprobó, no encontrando perjuicio contra la Universidad. Únicamente se le ordenó restituir el ejercicio de la resolución de un caso moral una vez por semana (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 77v-79).
La solución del caso era más o menos predecible. Juarros, además de catedrático, era el rector, cargo desde el cual pudo haber controlado los votos de los doctores asistentes al claustro. Los catedráticos Tejeda y Terrazas continuaron discutiendo las prácticas de algunos cursantes que, sin ser antes bachilleres, asistían a la facultad mayor de teología, pero el claustro no cambió su parecer al respecto. Antes bien, señaló que “pudiesen cursar la aula de Theología Moral todos aquellos que quisieren, aunque antes no hayan cursado la de Philosofía” (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 79-80). Estos asuntos se trataron en los claustros del 9 y el 14 de enero de 1771.
No obstante, el doctor Juarros hizo renuncia de su cátedra el día 9 de enero, misma que le fue rechazada por el claustro pleno, el rector insistió y presentó su renuncia como profesor al claustro de consiliarios, quien tampoco la aceptó, debido a que era “una materia de tanto peso y que necesita de muy madura y cicunspecta reflecçión” (AGCA, A1, leg. 1 902, exp. 12 529). Días después, el claustro pleno tuvo que nombrar a un sustituto, ante la enfermedad del catedrático, por lo que la renuncia finalmente fue aceptada (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 81-81v).
Con relación al problema de la mala formación de los estudiantes en lengua latina, ya desde octubre del año anterior se había ordenado que los catedráticos de artes no admitieran a ningún estudiante que no “yebe certificación de idoneydad en la lengua latina, dada por cathedrático público” (AGCA, A1, leg. 1 902, exp. 12 529), a petición del catedrático de gramática de medianos del Seminario de Nuestra Señora de la Asunción, doctor don José Antonio Zelaya. El doctor Zelaya acusó al fraile Terrazas de admitir estudiantes sin certificación alguna sobre su conocimiento de latín. El objetivo del fraile era examinar a los estudiantes, acto por el cual los examinadores tenían derecho a “propinas”, parte del ingreso de los catedráticos que acudían anualmente a esos exámenes.
A las peticiones de los frailes Terrazas y Tejeda, se había unido el fraile José Parrilla, catedrático de Santo Tomás (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 89v-90). En realidad, no parecen haber estado interesados tanto en el método de enseñanza, como en asegurar estudiantes que pasaran por sus cátedras para después examinarlos y con ello obtener las propinas que les correspondían. Esto se deduce de su solicitud para que se nombrasen anualmente los examinadores, que no se admitieran a estudiantes sin certificación de conocimientos de latín y su queja contra el catedrático de vísperas de teología, que permitía oír sus lecciones a estudiantes no graduados en artes. Por otro lado, no debe olvidarse la vieja rivalidad entre el clero secular y el regular.
Crítica y conflicto universitario
Hemos reseñado los antecedentes sobre los conflictos relacionados con el método de estudios que parecen reducirse a las rencillas entre catedráticos. Sin embargo, fue en la década de los ochenta del siglo XVIII cuando tuvo su auge el tema de la reforma. En realidad, el claustro y los catedráticos aprovecharon la crítica que hizo uno de los recién agremiados para informar sobre prácticas ya introducidas en las cátedras y proponer cambios en el método de estudios, cambios que podrían identificarse como ilustrados. En noviembre de 1780, el dominico Fermín de Aleas envió una carta a al rey en la que hacía fuertes críticas al método de estudios de la Universidad de San Carlos.6
La Universidad ignoraba la existencia de esa carta hasta el arribo de la cédula real del 23 de febrero de 1782, en la cual el soberano ordenó a la institución que enviara un informe sobre el método de estudios, incluyendo qué cátedras había, qué autores se leían, qué constituciones la gobernaban, de qué fondos disponía y qué otras cátedras podían erigirse (AGCA, A1, leg. 1 882, exp. 12 236: 147r-148r; Lanning, 1976a: 204-205). La solicitud era consecuencia directa de la carta de Fermín de Aleas, pero quizá también del interés del rey por conocer el estado de las universidades americanas. En su carta, Fermín de Aleas había pedido a título personal una reforma del método de estudios:
[Aleas hablaba de un] desarreglado método de estudios que se observa en ella, leyéndose una moral corrompida, una teología systemática y unos derechos nada fructuosos a la juventud y a la patria, de cuyo fatal principio se originan así la relaxación de costumbres que tan generalmente se advierte en ese reyno, como la torpe ignorancia en que están embueltos aún los mismos ministros, quienes se contentan para lograr un curato con el estudio de un promptuario moral romanticista de doctrina corrompida (AGCA, A1, 1eg. 1 882, exp. 12 236, fols. 147r-148; Lanning, 1976a: 204-205)
Aleas hacía una fuerte crítica no sólo a la institución y a su método de estudios, sino a los ministros eclesiásticos de Guatemala que se formaban en una universidad que enseñaba de forma corrompida el derecho y la teología.
En la misiva, el fraile Aleas también afirmó que él mismo estableció la reforma al método de estudios en la Universidad de Alcalá de Henares. Sin embargo, aunque él fue lector de filosofía en el convento de Santo Tomás de Madrid, el fraile no figura entre los miembros de la Junta del Método, formada en 1772 para revisar el método de estudios de aquella Universidad (AHN, 1771).
Lo cierto es que el fraile conocía las reformas de las universidades españolas, pues proponía erigir una cátedra de Melchor Cano y leer “moral sano”, es decir, evitar el probabilismo, a partir de las obras de Concina, de Natal Alexandro o de Culinati.7
La reacción del claustro pleno ante las críticas del fraile dominico fue inmediata, sobre todo porque el gremio pertenecía mayormente al clero secular. En la sesión del 7 de octubre de 1782, los asistentes al claustro ordenaron a Fermín de Aleas que informara al claustro sobre la carta que había enviado, además de que se le exigió argumentar sus afirmaciones, “con advertencia que los hechos que expusiere los deverá provar cumplidamente” (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 333: 158-158v). El claustro nombró a Juan Antonio Dijero, catedrático de leyes, como fiscal –abogado o procurador– de la Universidad para llevar el asunto. El hecho de nombrar un fiscal implicaba llevar a cabo un litigio contra el fraile, quien recurrió a las autoridades civiles en busca de protección. Lanning (1978: 82-84) afirma que este conflicto es una muestra de que la Universidad buscaba mantener autonomía frente a la jurisdicción de la Audiencia. Al parecer, más bien se trató de una defensa del clero secular frente a las críticas de un fraile recién llegado que había comprometido el prestigio de la formación universitaria de y para los eclesiásticos. En la Audiencia, el oidor Félix del Rey había dictaminado que la investigación tendría un carácter pacífico y que no debía convertirse en un proceso judicial, lo cual puede hablarnos de la buena relación que existía entre la administración de justicia y el clero secular que gobernaba la Universidad. La Audiencia dejaría que los doctores resolvieran el problema sin intervenir. La autonomía de la que habla Lanning era casi nula. La relación entre la Corona y la institución fue establecida desde los inicios y las autoridades civiles no tendrían nada de qué preocuparse ante un problema de este tipo. Por su parte, el claustro esperaría el apoyo de la Audiencia cuando éste fuera necesario.
En la siguiente reunión del claustro, el 14 de octubre, se leyó un “pliego”, dirigido al arzobispo Cayetano Francos Monroy para que éste, a su vez, pidiera un informe a la Universidad sobre el método de estudios, el cual debía contener, al igual que el que ya había solicitado el rey, el número de cátedras, los autores que se leían, las constituciones que la regían y el monto de sus rentas (Libro de claustros,AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 333: 159-160).
Las autoridades locales tampoco tardaron en conocer y atender el asunto. El presidente de la Audiencia y vicepatrono de la Universidad ordenó al claustro que le informara sobre el “plan seguro y método formal de estudios, si se leen los autores de Santa Doctrina y opinión, si cada uno de los cathedráticos presta la asistencia que piden las constituciones” (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 160-160v). El pleno del 29 de octubre leyó la petición e inició el informe.
Los catedráticos enviaron los informes individuales tanto al claustro como al arzobispo a partir de noviembre de 1782, mes durante el cual se hizo la elección de rector, quedando en el cargo el doctor Isidro Sicilia.
En sus informes, los profesores hacían referencia a una práctica común: el uso del dictado. Las razones eran que, por un lado, así lo ordenaban los estatutos y, por otro lado, no había libros suficientes para que los estudiantes pudieran adquirirlos y conocer el texto correspondiente. Otro elemento en común eran los ejercicios orales. En el caso de los catedráticos de derecho, éstos señalaron la importancia de la memorística para aprender los cuerpos legales. Pero también hubo quienes además de dictar, explicaban los contenidos de los textos, introducían la discusión. Sólo dos de los nueve catedráticos que enviaron informe ese año, declararon no dictar en sus cátedras. En cuanto a las lecturas que utilizaban, empiezan a aparecer algunos rasgos ilustrados, al igual que en la enseñanza en todas las facultades.
El catedrático de filosofía de Santo Tomás, fray Juan Terraza, explicó que en sus casi tres décadas como docente había tenido el objetivo de “no asustar a los estudiantes”, lo cual conseguía a través de explicaciones que, en ocasiones, dependían de su “trabajo de experimentos”, todos de acuerdo con los principios filosóficos del Doctor Angélico. Según él, siempre había instruido a los estudiantes en el arte de la argumentación y la réplica. Por desgracia, no precisó el texto que utilizaba en sus lecturas (AGCA, A1, legs. 1 905 y 1 906; Lanning, 1978).
Por su parte, el catedrático de filosofía de Escoto, fray Félix de Castro, nombrado en 1780, explicó que dedicaba cuatro horas a su cátedra, en lugar de las dos que le correspondían, además de que no hacía uso de las vacaciones señaladas en los estatutos. Durante la primera hora y a veces también durante la segunda, se dedicaba a dictar, y el resto del tiempo discutía con los estudiantes. Todo esto lo hacía con base en el texto de Fortunato de Brixia, Philosophia sensum mecánica methodice tractata atque ad usus academicos accommodata, editado en Venecia en 1756. Éste era uno de los autores recomendados por la Corona. Lanning (1978: 85) afirma que Castro era un “hombre que apoyaba las modernas tendencias en filosofía y física”. El catedrático, tratando que los estudiantes se familiarizaran con los principios de la física experimental, apeló a la Constitución 107, reformada en 1686, que ordenaba la enseñanza de la filosofía “con calidad de que en esta cátedra alternativamente se lean doctrinas contrarias: de manera, que en un curso se lea la doctrina de Santo Tomás y en otro la de Escoto, Vázquez, Suárez, Hurtado, o los Conimbrences, o lo que al catedrático que hubiere de leer le pareciere, como no lea la del curso antecedente" (Sarasa y Arce, 1686, “Constituciones Reformadas”: 59v).
Esta reforma de la Constitución 107 ha dado a lugar a que historiadores como José Mata Gavidia exalten la supuesta “libertad de cátedra”. Esta idea fue implantada por la historiografía de la primera mitad del siglo XX y ha tenido continuidad en algunos historiadores más recientes. Sin embargo, habría que señalar que si bien la legislación permitía la variación en el uso de autores, esto debía hacerse dentro de un marco institucional.
Había otras cátedras de orden, además de las mencionadas, que se impartían en la Universidad, pero que no pertenecían a las facultades, como otra de Santo Tomás, a cargo de fray Mariano José de Escobar desde 1780. Este fraile también rindió informe, y explicó que él dedicaba tres horas para su cátedra, repartidas por lapsos de tiempo iguales en la mañana y en la tarde: por la mañana dictaba durante media hora para luego explicar la lección a los estudiantes; por la tarde repetía el procedimiento, salvo los lunes, los miércoles y los sábados, días en los que en lugar del dictado dedicaba el tiempo para los ejercicios orales de los alumnos que no debían alejarse de los postulados tomistas. Escobar usaba el texto de Antoine Goudin, Philosophia juxta inconcussa tuttissimaque Divi Thomae Dogmata, obra impresa en México en 1767 y en Madrid en 1781, usada en Francia y España durante el reformismo.
El profesor de filosofía moral, el doctor Felipe Cadena, explicó que él dictaba la obra del padre dominico Danielle Concina, aunque no especificó la obra que utilizaba, muy probablemente se trataba de la Theologia Critiana Docmatico-Moralis, editada en Madrid por segunda vez en 1767. El catedrático explicaba, mientras que los estudiantes argüían y respondían sobre los pasajes de la obra.
En sus informes, los catedráticos de la facultad teológica también refirieron el uso del dictado. Fray Miguel Francesc, lector de prima de teología, afirmó que él, junto con otros catedráticos, habían preparado una obra para la enseñanza universitaria que en sus primeros cinco volúmenes contenía la “teología escolástica” y en los cuatro siguientes la “teología dogmática”.8 No obstante, consideraba que era mejor volver a “las fuentes puras de Santo Tomás”, es decir, a las fuentes que el reformismo impuso en España. El doctor Francesc explicó que al principio los estudiantes no contaban con un ejemplar de la Summa, por lo que dictaba el texto literal. Pero que después llegaron más copias de la obra a Guatemala, los cursantes la compraron y, desde entonces, se había dedicado sólo a la explicación de la misma.
Fray Juan José López, catedrático de teología de Escoto, al principio también dictaba el texto, pero después, cuando descubrió la existencia de copias en manos de los estudiantes, el fraile decidió asignar un pasaje de la obra a los alumnos para su defensa y discusión, además de promover que los estudiantes celebraran actos públicos. Dado que el informe del catedrático sobre su desempeño coincidía con el periodo en que la Universidad no podía utilizar sus escuelas debido a los daños causados por el terremoto de 1773, el lector utilizó distintas obras, aunque se apoyó fundamentalmente en la de Francisco Henno, varias veces reeditada, Theologia moralis et scholastica, sin olvidar la Summa de Santo Tomás cuando éste “sostenía una opinión contraria” a la del primero.
En las cátedras de cánones y leyes, los profesores señalaron que recurrían a la memorística para que los estudiantes aprendiesen los códigos legales, además de las disputas y actos académicos. El doctor Juan Felipe Zelaya, lector de prima de cánones, leía literalmente capítulos de las Decretales, las cuales debían ser recitadas de memoria por los alumnos; posteriormente, les exigía dar respuesta a las dudas que el propio catedrático planteaba en su explicación. Cada cinco o seis semanas, un estudiante debía realizar una lección oral. Para realizar sus lecciones, el doctor Zelaya se valía de las obras de distintos autores: los Concilium Iliberritanum(1665) y los Commentaria Super Decretales (1673) de Manuel González Téllez; obras de Antonio Garaña, y la Theologia Moralis de Anacleto Reiffenstuel (Munich, 1692). Por su parte, Juan Antonio Dijero, propietario de prima de leyes y fiscal, en el pleito contra Fermín de Aleas dijo que él no utilizaba el dictado en sus lecturas, sino que explicaba y daba conferencias, con base en los In quatour libros institutionum imperialum commentarius academicus, et forenses de Arnoldus Vinnius, editada en Lyon en 1758; los cincuenta libros del Digesto y los comentarios a éste realizados por Henricus Zoesius. Finalmente, el catedrático de instituta indicó que ordenaba a los estudiantes que se aprendiesen de memoria el texto de Justiniano, para luego comprobar su comprensión, a través de una edición revisada de Teophilus con sus Institutionem y Henricus Zoesius, a través de sus Commentarios ad institudionum juris civilis, editada en Venecia en 1757. Las obras que los catedráticos juristas utilizaban eran también las propuestas por los reformistas de las universidades españolas.
En principio, el catedrático de medicina envió su informe, pero su contenido se desconoce, pues sólo se cuenta con una referencia en un acta del claustro pleno de 1783, como se verá más adelante.
El claustro se reunió el 21 de enero de 1783 para revisar los autos sobre el caso y para iniciar el informe que el rey había solicitado. Dos días después, en claustro pleno, se trató sobre la imposibilidad de “dar razón del método que observaba en su lectura” el catedrático de teología que enseñaba durante el año en que Aleas había enviado su carta al rey “para mejor informar a su magestad en este punto tan substancial”, puesto que había muerto, y que se valdría del informe del actual catedrático, el doctor Miguel Francesc (Libro de claustros,AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 333: 167-168v).
El día 25 del mismo mes, el claustro trató sobre la pertinencia de mantener la cátedra de lengua cachiquel, un tema que había sido discutido cinco años antes. Ya en el claustro pleno celebrado el 3 de enero de 1778 se había planteado la “inutilidad” de dicha cátedra y se había propuesto utilizar el dinero de ésta para crear una de vísperas de medicina (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338). Por ello, en 1783 se decidió, con el “maior número de votos”, suprimir la cátedra de lengua y admitir la propuesta de la orden mercedaria de crear una cátedra de Sagrada Escritura, aunque primero se solicitaría aprobación real para su fundación.
El claustro prepararía el informe que enviaría al rey, en él se incluiría la propuesta del gremio sobre el método de estudios y la creación o supresión de cátedras. Así, en la sesión del 11 de febrero, fray Juan Terraza y fray Domingo Pastor propusieron crear una cátedra de Melchor Cano, pero el claustro se opuso. Además, se acordó mantener las cátedras de teología con que contaba la Universidad: las de prima y vísperas de teología, y la de Escoto, que leían exclusivamente los franciscanos. Aunque hubo conflicto en la decisión de lo que debía proponerse sobre el método utilizado para enseñar la teología, el caso guatemalteco no fue tan complicado como el de las universidades españolas.9 Sobre las cátedras de medicina, se acordó erigir una de vísperas en la que se enseñase anatomía y cirugía. En cuanto a las cátedras de artes, se llegó a la conclusión de que debían conservarse las dos cátedras de orden que regentaban los dominicos y los franciscanos, y que la cátedra de prima de artes se convirtiera en cátedra de física experimental. Por otra parte, se acordó crear tres cátedras más, una de retórica y dos de gramática. Sobre erigir una cátedra de matemáticas, se registró un sólo voto a favor, y el resto en contra (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 170-171).
Al día siguiente, el claustro volvió a sesionar para conocer el resultado de los informes enviados por los catedráticos sobre lo que éstos enseñaban y ordenar lo que se consideró pertinente. Sobre el contenido de las cátedras de teología, se ordenó no ligarlas únicamente a la doctrina de Santo Tomás, “sino que sea libre el cathedrático a seguir la doctrina del mismo Santo u otra que sea sana y de igual seguridad”. Se buscaba terminar con las disputas de las distintas escuelas teológicas que habían dado lugar a la creación de distintas cátedras y a largos conflictos entre los partidarios de una o de otra. Con relación a las cátedras de leyes y cánones, la orden fue la de continuar con los métodos y lecturas de los profesores. Así, se probaba la negativa del catedrático de prima de leyes, doctor Antonio Dijero a utilizar el dictado en su cátedra y sustituirlo por explicaciones y conferencias.
Hacia finales de febrero, el pleno volvió al tema del número de las cátedras de gramática que había propuesto, concluyendo que sí se solicitaría al rey las dos, debido a que las consideraba “necesarias en esta universidad, por no ser bastantes las que hai en el día, en el lugar, para el crecido número de la juventud y por las distancias de los lugares” (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 171v-172v).
Casi un mes después, el claustro se reunió para continuar con el informe. El día 26 de marzo se trató sobre el método de las cátedras de vísperas de teología, prima de medicina y prima de artes. El acta de la sesión registra la discusión y algunos de los votos individuales sobre lo que debería o no enseñarse en la universidad. En la facultad de teología se ordenó mantener el método del doctor Goycoechea, quien para entonces ocupaba la cátedra. Se trataba de la utilización de las obras de los autores “de más sana doctrina”, es decir, de las fuentes que el propio reformismo hispánico había implantado: Santo Tomás, San Agustín, los concilios, las Sagradas Escrituras y los Padres de la Iglesia. En relación con la cátedra de medicina se concluyó continuar con el método del doctor Manuel Molina, quien fuera uno de los principales impulsores de la medicina moderna en Guatemala. Sobre la cátedra de artes se ordenó seguir enseñando Lógica, Sumulas y Metaphísica, “encargando al cathedrático que adorne la Física con los experimentos de la Moderna” (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 177-178).
Los saberes de la facultad de artes pueden dividirse en dos tipos, por un lado, los filosóficos y, por otro lado, los científicos. El claustro no había suprimido los contenidos ya clásicos de la facultad, pero puso énfasis en la introducción de elementos modernos en la física. De hecho, se hizo explícita la idea de crear la cátedra de física experimental, a pesar de que la universidad no contaba con los recursos económicos para hacerlo. A esta propuesta, el doctor Goicoechea añadió que “le parecía conveniente que dicha cátedra fuese […] arreglada a los principios de Nollet” (ibid.), uno de los más afamados físicos de la época. La propuesta del claustro mostraba claramente algunas características propias de la tendencia ilustrada, las cuales serían aprobadas más adelante por el rey, aunque con algunos cambios.
Éstos serían los últimos arreglos que el claustro haría al informe, y así, el 31 de marzo, volvió a reunirse para dar por concluido el documento. Se acordó anexar al informe el oficio que el presidente de la Audiencia había enviado a la Universidad, y sacar tres copias de los documentos mencionados. Además, se comisionó al rector Isidro Sicilia para que, una vez concluido el documento, lo mostrase al claustro.
Mientras se realizaban los arreglos finales del informe, el arzobispo envió uno por cuenta propia el 6 de junio de ese mismo año; en el documento, el prelado defendió el correcto método de estudios de la Universidad (AGCA, A1, leg. 1 882, exp. 12 236: 154).
No sería sino hasta el 4 de julio que el claustro se reuniría para ver el informe terminado. Se ordenó que “se saque en limpio y se firme por todos los señores del claustro”. También se acordó nombrar un apoderado que se encargara de gestionar en la corte lo necesario respecto del informe (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 179-179v).
Finalmente, el 21 de julio de 1783 el claustro se reunió por última vez para tratar sobre este asunto. En dicha sesión se leyeron los documentos y los firmaron todos los asistentes.10 El resultado del informe llegaría a Guatemala cuatro años después, mientras tanto, en la Universidad las modificaciones al método eran ya una realidad, aunque todavía no contaba con la aprobación del rey.
El 16 de septiembre de 1786, más de tres años después de que el pleno enviara el informe al rey sobre el asunto, el doctor Jacobo Urrutia solicitó al claustro “se le remita para formar una guía de universidades españolas, una exacta noticia de la fundación, plan de estudios, privilegios y demás puntos permanentes de esta universidad, y que en cada año se le remita otra, con las variaciones que halla havido” (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 221v-222v). La preocupación por conocer los cambios anuales de las universidades de la Península muestra el interés de los universitarios guatemaltecos por estar a la vanguardia y asegurarse de que sus estudios se apegaban a lo ordenado por el soberano en España.11
Aún estaba pendiente el pleito entre la Universidad y fray Fermín de Aleas, pero en junio de1787, el estudio general recibió una cédula que contenía la reforma a los estudios de la Universidad y lo que el soberano había resuelto sobre lo que el claustro debía hacer con Aleas (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 232v-233).A su vez, el fraile Aleas hizo una presentación al claustro sobre su proceder, misma que se leyó en el pleno el 12 de julio. El religioso explicó que con la carta que había enviado al rey y que desató la petición de informes por parte del patrono de la Universidad, tenía la intención de mejorar el método de estudios y no de perjudicar al estudio general. Aleas precisó los términos que utilizó en su carta. Sobre la “theología systemática”, dijo que se refería a la diversidad de doctrinas teológicas y que buscaba suprimirla, tal y como hizo el reformismo español. Sobre el “moral corrompido” explicó que éste era el que se había estilado, “no tan sano y castigado como el que al presente se estudia”. Con relación a lo que había calificado como “derechos infructuosos”, el fraile señaló que únicamente se había valido de ello para impulsar la reforma, pero que no tenía fundamentos; añadió que se desistía de éste y “de cualquier otro dicho o hecho en que notase que no fuese del agrado del claustro”. Fermín de Aleas presentó sus disculpas al claustro, quien las aceptó ante la presencia del fraile (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 12 338: 233v-236).
La reforma regulada del método de estudios
La reforma al método de estudios de la Academia guatemalteca tuvo que ser sancionada por el monarca a través de una cédula real. El contenido del documento, fechado el 29 de enero de 1787, recoge en buena medida los cambios propuestos por el claustro y algunas de las prácticas docentes de los catedráticos, así como sus peticiones sobre la creación de nuevas cátedras.
En primer lugar, el rey hacía un recuento del conflicto con el fraile Fermín de Aleas a raíz de la carta enviada a España. Posteriormente, el soberano refirió que el claustro y los universitarios no debían preocuparse, pues los informes enviados por las autoridades guatemaltecas aseguraban que el método de la Universidad era pertinente, negando “la corrupción general de costumbre y torpe ygnorancia de los ministros” (AGCA, A1, leg. 1 882, exp. 12 236: 150-158; Lanning, 1976a: 211).
Más adelante, el soberano reconoció que Aleas había atropellado “las leyes de la buena correspondencia” que le debía al claustro, que acababa de “adoptarle en su gremio” y que la carta que le había enviado respondía a que éste se había “dejado arrastrar […por] el deseo de obtener la cátedra de Cano”, que se había propuesto fundar en la Universidad y que ya había leído en su convento. El rey admitió que las declaraciones de Aleas, de acuerdo con los informes, eran falsas.
Sobre la reforma, el monarca ordenó que “en esa universidad no se observe el método de estudio dado a la de Alcalá y otras de España”. Esta orden obedecía, según la propia cédula, a que las reformas debían hacerse de acuerdo con las fundaciones, rentas y circunstancias de cada institución. A esto añadió que, ya que San Carlos contaba con estatutos confirmados por él como su patrono, y que éstos habían gobernado “con notorio aprovechamiento y beneficio público”, se continuara su observancia, “mejorando el método en aquella parte que la experiencia haya acreditado conveniente”. De esta manera, el rey ordenó que se leyeran las doctrinas señaladas en los estatutos, usando los autores “de sana y aprobada doctrina” (ibid.).
A pesar de que el rey aprobó el funcionamiento del método de estudios, abrió la posibilidad de modificarlo cuando los catedráticos así lo considerasen conveniente. Los lectores podían proponer cambios, siempre y cuando estuviesen dentro de la doctrina sana y aprobada. El procedimiento para hacer las modificaciones sería el siguiente: el catedrático haría la propuesta al rector, la cual se discutiría en el claustro, una vez aprobada la iniciativa, se enviaría al presidente de la Audiencia, quien lo revisaría y tendría la última palabra respecto de una reforma. De todo ello, el rey sólo pedía que se le diera cuenta de lo determinado por la autoridad civil de la capitanía general. Dejaba así, en manos de sus ministros reales, la decisión de introducir cambios en la universidad.
La cédula ordenó que no se modificasen las cátedras que hasta entonces existían, ni sus salarios, ni las materias que se leían en ellas. En relación con las propuestas del claustro para fundar la cátedra de escritura que leería la Orden de la Merced, sin salario, el rey mandó que se siguiera el procedimiento mencionado para decidir sobre el asunto. La cátedra de Melchor Cano fue rechazada por el soberano, considerando que no era necesaria “por constar que su obra Locis Teologicis se enseñaba en la universidad y en el convento de Santo Domingo” (ibid.).
En cuanto a la creación de la cátedra de cirugía y anatomía que se había propuesto, el rey determinó que una vez que la Universidad contara con las rentas necesarias, hiciera la propuesta al presidente de la Audiencia y se siguiera el procedimiento arriba señalado. Lo mismo ordenó para las cátedras de física experimental, matemáticas, humanidades y lenguas orientales. Cabe señalar que la referencia a las últimas dos cátedras sólo se encuentra en la cédula real, y que aún no se ha hallado ningún documento donde el claustro propusiera esas cátedras, ni sus contenidos.
Para la facultad menor de artes, el monarca decidió dar continuidad al método practicado por los catedráticos, utilizando los mismos autores, y que si había alguna propuesta de cambio, ésta también quedaba en manos del presidente de la Audiencia. Además, recomendaba el curso de artes en dos tomos de Miguel Francesc, publicado en Barcelona en 1772.
El monarca decidió que en el Seminario Conciliar se creara una cátedra más de gramática, “con obligación de enseñar también la retórica”. Además, pidió restablecer la cátedra de lengua cachiquel, pero no ya en la Universidad, sino en este mismo Seminario, donde la serviría el mismo catedrático que se encontraba leyéndola en San Carlos al momento de su supresión. Según el rey, a la notoria “necesidad de la lengua […] para los que han de servir los curatos y doctrinas de los indios, que no entienden otra” (ibid.).
En cuanto a la manera en que las nuevas cátedras de gramática y retórica debían proveerse, el monarca ordenó que fuera por designación y no por concurso de oposición. La orden tenía el objetivo de poder “escoger a los sugetos más a propósito”, con calidad de propiedad, es decir, a perpetuidad, ya que así “los catedráticos las tomarán con más amor y cuidarán más del aprovechamiento de sus discípulos” (ibid.). Resulta interesante la razón por la cual el rey había ordenado que estas cátedras se proveyeran por designación, ya que los estatutos universitarios señalaban la oposición como el único mecanismo para nombrar lectores. Si bien esto no había impedido nombramientos directos desde el inicio de su historia, la Universidad había logrado establecer en relativamente pocos años el concurso de oposición como forma de acceso a las cátedras, aunque sería una junta conformada por autoridades externas en su mayoría, la que decidiría quién de los opositores era el más apto para leer una cátedra. Con la nueva disposición, la Universidad y, en este caso, el Seminario Tridentino, perdían la posibilidad de elegir a sus catedráticos.
La cédula también ordenaba que se estableciera una academia de jurisprudencia los domingos, “a semejanza de las de España”, propuesta que había sido elevada por la Audiencia. El acto debía presidirlo un doctor que no fuera catedrático, “cuyo mérito se tenga presente en las provisiones de cátedras” (ibid.). La academia entonces constituiría parte de la formación de cursantes y de quienes aspiraran a leer las cátedras.
Finalmente, el monarca advirtió al rector y al claustro de San Carlos para que se abstuvieran de los “excesos” de intimidar al fraile Fermín Aleas, y que actuaran con moderación y prudencia. De esta manera, la reforma de la Universidad quedaba institucionalizada.
Los cambios introducidos en la Real Universidad de San Carlos no se dieron con la misma intensidad con la que la Corona exigía a las universidades españolas, pero fueron posibles gracias a dos factores. En primer lugar, es innegable que el ambiente ilustrado y su ideario llegaron a tierras guatemaltecas, donde se llevaban a cabo prácticas tanto dentro como fuera de la universidad, con una marcada tendencia ilustrada. Conocimiento que los estudiantes, a juzgar por los testimonios, estaban ávidos de aprender. En segundo lugar, la unidad política en el seno del estudio general permitió que el claustro aceptara de forma consensuada los cambios en el método de estudios. Muy distinto fue el caso de la Real Universidad de México,12 donde prevaleció la pertenencia a bandos políticos, por sobre las innovaciones de la ciencia. Lo mismo pasó en Lima, donde la reforma impulsada por el virrey Manuel de Amat y Juniet, en la práctica, fue rechazada. El proceso de reforma en Guatemala quizá sea más parecido al de la Universidad de Córdova, donde también el claustro apoyó las iniciativas de los catedráticos, aunque Marc Baldó califica esta reforma como ecléctica y moderada (Baldó, 1989: 27).
En la última década del siglo, los catedráticos y el claustro guatemaltecos continuarán introduciendo cambios y creando las cátedras aprobadas por el rey. Estos años son considerados como el auge de la ciencia moderna en la Capitanía General, baste mencionar la propuesta de un plan de estudios nuevo por parte de Antonio de Liendo y Goicoechea, que implicaba el uso práctico del barómetro, máquinas neumáticas y eléctricas, o los experimentos del doctor Manuel Trinidad de Ávalos y Porres, catedrático de medicina en San Carlos, quien fue “el primero en demostrar la circulación de la sangre” en Guatemala.
*Licenciada y Maestra en Historia por la Facultad de Filosofía y Letras (FFyL) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); Doctora en Historia por la Universidad de Santiago de Compostela, España. Profesora de carrera del Colegio de Historia, FFyL, UNAM. Temas de investigación: historia de las universidades hispánicas, la Real Universidad de San Carlos y de la Real Universidad de México, siglos XVII y XVIII. Regresar
1. Los estatutos de la Real Universidad de San Carlos de Guatemala fueron redactados por primera vez en 1681, pero su aprobación real data del 1686, año en que la Corona envió la confirmación de la legislación universitaria, no sin antes haber realizado algunos cambios, entre los cuales se encuentra la prohibición a los fiscales y oidores de la Audiencia de obtener grados o incorporar los de otras universidades. De esta manera, el rey limitaba el poder de la Audiencia en las universidades, problema que ya se había presentado en academias como la mexicana. En 1783 los estatutos se reimprimieron y ya en el siglo XX, la Universidad editó un facsímil que contiene el manuscrito de 1681 y un impreso de 1783 que contiene las reformas hechas en 1686. Regresar
2. Mata (1948 y 1949), Meléndez (1970: 74-81), Lanning (1976b: 409-418). Algunos autores que tratan sobre el papel de Liendo y Goicoechea han tomado en cuenta los antecedentes de la discusión. No obstante, centran su estudio en los reformadores de la década de los noventa del siglo XVIII (Saranyana, 2008: 374-380). Una revisión completa de la historiografía puede verse en Álvarez (2009). Regresar
3. Entre 1700 y 1750, se otorgaron 300 grados menores de bachiller en todas las facultades. Este dato se ha obtenido a través de la realización de un índice de grados, con base en los expedientes correspondientes (Libros de grados,AGCA, A1, legs. 1913-1919 y 6940). Regresar
4. Domingo de Juarros se había iniciado en la docencia en 1762, cuando obtuvo la propiedad de prima de artes, siendo bachiller (AGCA, A1, leg. 1 901, exp. 12 518). Dos años después, ya como doctor, obtuvo la propiedad de la cátedra de vísperas de teología (AGCA, A1, leg. 1 901, exps. 12 524 y 12 525). Regresar
5. Los catedráticos de estas cátedras debían expresarse en romance (Sarasa y Arce, 1686: XI, 114). Sin embargo, en Guatemala la cátedra de cirugía nunca logró fundarse, a pesar de los intentos de su claustro. Regresar
6. El fraile había arribado a Guatemala en 1774 y se había doctorado en teología, con dispensa de derechos. La carta original no se conserva ni en el fondo universitario ni en el AGI y tampoco ha sido publicada en ninguna obra. El contenido de la carta sólo podemos conocerlo a través de las referencias que se hacen de las cédulas reales y el Libro de claustros (AGCA. A1, leg. 1 906, exps. 12 637 y 12 638 y leg. 1 890, exp. 12 338). Regresar
7. La obra completa de Danielle Concina lleva por título Teología cristiana dogmatico-moralis (10 vols., Roma, 1749-1751), pero en este caso el texto de enseñanza se refiere a Ad theologiam christianam dogmatico-moralem apparatus (2 vols., Roma, 1751). En cuanto a Melchor Cano, se refiere a la obra Lugares Teológicos, o De locis theologicis (Salamanca, 1563; Lanning,1978: 109). El probabilismo es una doctrina de teología y filosofía moral cristiana, basada en la idea de que es justificado realizar una acción, aun en contra de la opinión general o el consenso social, si es que hay una posibilidad, aunque sea pequeña, de que sus resultados posteriores sean buenos, optando así por la libertad. Regresar
8. El curso de Miguel Francesc fue publicado en Barcelona en 1772 (AGCA, A1, leg. 1 882, exp. 12 236: 150-158, también en Lanning 1976a: 211). José Toribio Medina registra un curso de Francesc, publicado en cuatro tomos en cuarto, pero no precisa si es la edición de Barcelona o si hubo otra en Guatemala (Medina, 1964: 126). Regresar
9. Al respecto, Antonio Álvarez explica que los claustros de las universidades españolas no pudieron llegar a un acuerdo común para reformar las facultades teológicas, ya que cada facultad había hecho su informe y propuesta distintos, e incluso cada bando había realizado un documento propio. El autor ubica principalmente dos grupos de teólogos: los tomistas, dirigidos por la Orden de Santo Domingo y otro grupo heterogéneo “influido más o menos por autores jansenistas” (Álvarez, 1988: 122). Regresar
10. Los firmantes del informe en el claustro pleno celebrado el 21 de julio de 1783 fueron los doctores Isidro de Sicilia, rector; Juan Antonio Dijero, fray Juan Terraza López, fray José Antonio Goicoechea, fray Antonio Lanuza, fray Matías Tejeda, fray Ramón Camato, fray Domingo Pastor, Mariano Aguado, José Gereda, Manuel Ángel de Toledo, José Rivera, fray José Antonio Muñoz, Manuel Antonio de Bouzas, fray Mariano Rayón, José Flores, José Antonio de Córdova, el maestro Mateo Morán, el licenciado Julián Zelaya, el bachiller Félix Castro y el bachiller Severino Rafael Ramírez (Libro de claustros, AGCA, A1, leg. 1 890, exp. 1 238: 180-180v). Regresar
11. Hasta el momento no se ha encontrado en el AGCA la guía que, según el claustro pleno, realizaría Jacobo Urrutia, tampoco aparece en la obra que registra los impresos realizados en Guatemala (Cfr. Medina, 1964). Regresar
12. En México, la universidad rechazó sistemáticamente las propuestas de los catedráticos; Enrique González y Margarita Menegus han realizado interesantes estudios sobre el tema. (González, 1994 y Menegus, 1994). Regresar
Referencias
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Cómo citar este artículo
Álvarez-Sánchez, Adriana (2011), “Debate y reforma del método de estudios en la Real Universidad de San Carlos de Guatemala en el siglo XVIII”, en Revista Iberoamericana de Educación Superior (RIES), México, UNAM-IISUE/Universia, vol. II, núm. 5, http://ries.universia.net/index.php/ries/article/view/74 [consulta: fecha de última consulta].